08 Ene Sobre el Brexit y el acuerdo de inversiones con China
Mientras el foco mediático se situaba en las últimas semanas del pasado año en el posible cierre de las negociaciones con el Reino Unido, la Unión Europea alcanzó un principio de acuerdo con China sobre protección de inversiones. Este pacto no incorpora ningún asunto comercial -el nexo comercial entre ambos bloques sigue regido por las normas de la Organización Internacional de Comercio (OMC)-, pero supone un primer paso hacia una mayor institucionalización de las relaciones con el gigante asiático. El acuerdo, como el pacto con el Reino Unido, necesita ahora de la aprobación del Parlamento Europeo, y, si bien, no preveo grandes disputas en torno al marco de relaciones post-Brexit, el debate sobre el convenio con China presenta más incógnitas.
Finalmente, el Reino Unido y la Unión han evitado que el fin del periodo transitorio, que finalizaba con el pasado ejercicio 2020, dejara las relaciones comerciales en el marco de la OMC. Eso hubiera supuesto la imposición de renovados aranceles o cuotas, un escenario que ambos actores deseaban evitar. Las últimas disputas se centraron en la gestión de las pesquerías británicas, a las que ha tenido acceso en las últimas décadas la flota europea, pero la negociación había dejado fuera ya desde el inicio cuestiones relativas a defensa, interior y política exterior. A su vez, la negociación había excluido un capítulo más ambicioso en materia financiera. Así que el acuerdo incorpora esencialmente cuestiones relativas al comercio de bienes y de algunos servicios, así como los elementos sobre los sistemas de resolución de disputas. Este pacto, unido a lo acordado hace ya un año sobre cuestiones de ciudadanía para formalizar la salida del Reino Unido, ofrecen un marco de relaciones estables, aunque, obviamente, muy lejos de los derechos y obligaciones que compartimos los Estados que continuamos formando parte del club de la Unión. Con todo, es bien probable que en los próximos años vivamos futuras negociaciones para ir modernizando este acuerdo de mínimos, acordado in extremis y que el Parlamento validará este mes de enero.
Respecto al acuerdo con China, el pacto obliga esencialmente a elevar la transparencia de las ayudas y comportamientos anti-competitivos adoptados por Pekín. Además, se eleva la seguridad jurídica para los inversores europeos en territorio chino y se eliminan, por ejemplo, las trasferencias obligatorias de tecnología. El pacto intenta, de algún modo, mejorar el equilibrio entre los requisitos que Europa impone sobre las inversiones extranjeras, y las que el gobierno chino fija sobre las europeas. Ahora bien, este acuerdo se encontrará con duras críticas ante los escasos compromisos laborales, sociales o ambientales de las autoridades chinas, además, obviamente, de la (in)conveniencia política de firmar este tipo de pactos con países dictatoriales, sin libertad política, como el sistema chino.
En este aspecto, las sensibilidades en el Parlamento son múltiples. Por una parte, hay diputados que siempre respaldan acríticamente estos acuerdos. La expansión de las posibilidades de inversión apuntala esas valoraciones, sin cuestionamientos sobre los efectos redistributivos de la expansión del mercado o de las condiciones competitivas de los terceros países. En el otro extremo, también hay diputados que se oponen de manera permanente a estos acuerdos, ya sean con Canadá, México o China. Por último, el grueso de la cámara muestra una posición ambivalente, pendiente de un análisis más detallado y de consideraciones políticas sobre el poder que estos acuerdos otorgan a la Unión para presionar a esos países a la hora de reorientar sus regulaciones. Así, hay quienes afirman que un pacto ofrece los medios para redoblar la tensión hacia una cierta convergencia, pero también hay quienes consideran que la presión debe ser siempre previa a la firma de los acuerdos.
Los socialistas europeos nos encontramos siempre en ese espacio deliberativo. Más allá de las posiciones apriorísticas en los dos extremos del Parlamento, los socialistas necesitamos un debate interno que evalúe las características de los acuerdos primero, y las consideraciones políticas después. Nos enfrentamos, pues, a un análisis sereno que incorporará una reflexión sobre la autonomía estratégica de la Unión, pero también de las relaciones transatlánticas con nuestros socios estadounidenses. Atentos.
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