Sobre Polonia y algunas lecciones de la historia estadounidense

¿Está la Unión Europea viviendo su “momento hamiltoniano”? Ésta es una de las cuestiones que, con mayor frecuencia, he tenido que analizar en seminarios, debates y artículos desde el inicio de la crisis derivada de la COVID-19 y, especialmente, tras la aprobación del Next Generation EU, el nuevo instrumento para activar la recuperación, que será amortizada en el futuro con nuevos recursos propios de la Unión.

La referencia al “momento hamiltoniano” procede del proyecto de Alexander Hamilton, uno de los “padres fundadores” de Estados Unidos, para mancomunar la deuda de cada una de las colonias británicas que habían emitido individualmente para financiar la guerra de la independencia a finales del siglo XVIII.

Una vez lograda esa independencia, no todas las colonias ofrecían los mismos datos de deuda, y algunas de ellas acumulaban tales pasivos que su recuperación parecía muy improbable. Ante esa situación, Hamilton logró asumir mancomunadamente a nivel federal toda esa deuda de los Estados, mediante la emisión de nueva deuda que se amortizaría con impuestos comunes: un impuesto a la importación y una tasa sobre el whiskey.

Pues bien, en esta ocasión, la Unión no ha asumido las deudas pasadas de los Estados, sino que ha emitido por su cuenta nueva deuda mancomunada. Esta diferencia no tiene mayor relevancia a la hora de valorar si estamos o no en un “momento hamiltoniano”. La cuestión aún por dilucidar es que todavía no tenemos los nuevos recursos propios para amortizarla, si bien existe un acuerdo político a este efecto entre los Estados miembros, la Comisión y el Parlamento que debe ser ahora cumplido. Y es precisamente la introducción de nuevos recursos propios europeos la cuestión clave para poder responder con precisión a la pregunta sobre la naturaleza del salto constitucional que la Unión ha dado a raíz de la respuesta a la crisis económica de la COVID-19.

En todo caso, hace unos meses, la revista The Economist se hacía eco de otro “momento” histórico que aconteció en los Estados Unidos, con menor relevancia pública, pero quizá más urgente ante la declaración de la supremacía de la regulación nacional frente a la europea dictada por el Tribunal Constitucional polaco. Esa decisión del máximo órgano jurisdiccional de Polonia sigue la zaga, por cierto, aunque con una rotundidad no leída antes, a declaraciones parecidas del Constitucional alemán sobre la compra de la deuda del Banco Central Europeo o la base jurídica del Next Generation EU, e incluso en declaraciones de políticos muy relevantes. Más allá de las urgencias del momento, estas sentencias y valoraciones nos sitúan ante un problema no menor sobre el salto institucional de la Unión desde un marco común de relaciones intergubernamentales -en las primeras décadas de vida de las entonces Comunidades Europeas- a la democracia europea del presente, aún con muchas cosas que revisar.

El The Economist se hacía eco de la disputa del vice-presidente norteamericano y más tarde senador por Carolina del Sur, John C. Calhoun, sobre la capacidad de los Estados de declarar como inconstitucional una ley federal. En la década de 1830, el Congreso americano aprobó una nueva ley para subir los aranceles que, en principio, beneficiaban en mayor medida a los Estados del norte que al sur. Calhoun realizó una interpretación de la Constitución americana que otorgaba el derecho a lo Estados a anular una ley federal, una cuestión que, por otra parte, había estado también presente en el debate constitucional entre los “padres fundadores”. La disputa entre, fundamentalmente, Carolina del Sur y Washington se alargó durante unas largas tres décadas en las que incluso hubo alguna escaramuza bélica para aclarar la situación. Finalmente, habría de ser la guerra civil y la victoria de los “federales” lo que acabaría de enterrar este conflicto para siempre.

Este ejemplo debería ayudarnos, al menos, a entender este tipo de disputas con una cierta distancia y, dado que en Europa no recurriremos a la guerra para resolverlas, habrá que buscar otras vías de solución. Una opción es dejar el tema en manos exclusivamente judiciales, viendo cómo el paso de tiempo resuelve algunos problemas. La cuestión es que, a veces, el tiempo los cronifica o empeora si no hay solución política. Y ahí es donde la Comisión, como garante de los Tratados de la UE, debe mantenerse firme y, en este sentido, seguir paralizando el acceso de Polonia a los fondos comunitarios del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia -que constituye la mayor parte del programa Next Generation EU-.  El Parlamento debe acompañar y presionar a la Comisión para que no ceda y, también en al ámbito partidista, cada uno de nosotros colaborar para lograr la derrota del actual gobierno en las urnas el próximo año. Opción ésta que parece bastante probable en estos momentos.

No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.