Una taxonomía de los eurobonos

La respuesta europea a la crisis del coronovirus se está concentrado en la oferta de liquidez a los Estados. La propuesta de la Comisión para co-financiaciar los seguros de desempleo, las garantías y avales del BEI, las líneas precautorias del MEDE y, por supuesto, las compras de deuda pública del BCE son, todos ellos, instrumentos necesarios, pero circunscritos a la oferta de crédito.

Sin embargo, cuando la crisis sanitaria amaine, los déficits públicos habrán alcanzado una ratio de dos dígitos sobre el PIB y la deuda pública podría ascender más allá de veinte puntos. Será entonces cuando sea necesario un renovado impulso fiscal, pero algunos países no podrán afrontarlo a riesgo de sumirse en otra crisis de deuda soberna. Será urgente, pues, un programa reconstrucción común.

Esta realidad nos empuja al debate sobre los eurobonos, pero hay distintos modelos sobre la mesa, impidiendo una negociación honesta.

Un primer “eurobono” se basa en la emisión conjunta de un mismo título de deuda, donde cada país asume la gestión de su tramo, pero hace frente solidariamente del resto. Este modelo impide que los parlamentos nacionales supervisen el tramo de la emisión conjunta ejecutado por terceros países. Por ejemplo, el parlamento finlandés, cuya economía representa el 1,8 por ciento del PIB de la eurozona, asumiría una deuda contingente del 98,2 por ciento de cualquier emisión conjunta, y podría clamar “no mutualization, without representation”. Este obstáculo puede minimizarse mediante condicionalidad. Pero esta vía nos retrotrae a la “troika”. Por ello, estos eurobonos “inter-gubernamentales” tienen la semilla de la discordia y envenenan las opiniones públicas en todos los países, amén de seguir incrementando la deuda nacional, aunque a un tipo de interés menor.

Una segunda opción pasaría por la emisión de deuda comunitaria por parte de la Comisión, controlada por el Parlamento Europeo y el Consejo. Estos “eurobonos” tienen todas las credenciales democráticas, y ya están en circulación, emitidos por el Mecanismo Europeo de Estabilidad Financiera, aunque entonces la financiación obtenida se ofrecía a crédito a los Estados. Sin embargo, en esta ocasión, debería ser la Comisión quien gestionase los recursos obtenidos, amplificando la capacidad de inversión del Marco Financiero Plurianual o mediante un instrumento de reconstrucción ad hoc.

Ambas vías obligan a elevar los recursos de la Unión, incrementado su participación en los impuestos compartidos, o explotando las bolsas de elusión y evasión mediante las propuestas de la Comisión para armonizar sociedades o crear impuestos digitales. Ese respaldo podría proceder también de los gobiernos nacionales, con mayores contribuciones o garantías, e incluso del MEDE.

De hecho, el MEDE emite una deuda similar a los eurobonos “intergubernamentales”, que ofrece a crédito a los Estados con condicionalidad y una solidaridad limitada al capital de la institución. En todo caso, el MEDE podría ser útil también para fondear ese programa de reconstrucción común gestionado por la Comisión, mediante una emisión de “coronabonos”.

Aclaremos de qué hablamos cuando nos referimos a eurobonos, pongámonos de acuerdo en cuál es modelo idóneo (obviamente la deuda comunitaria) y negociemos, entonces, el grado de solidaridad necesaria. Es vital.

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